Todos podemos ser o quedar discapacitados: hay ocasiones en que no hace falta ser sordo, ciego o tener movilidad reducida para sentirnos segregados y excluidos de la vida urbana. Un accidente, un embarazo o simplemente llegar a la tercera edad nos pueden dejar con un cierto grado de discapacidad temporal o permanente. Para no excluir a estas personas debemos considerar ciertas modificaciones a la infraestructura si es que queremos dar accesibilidad a un discapacitado.

La norma actual dicta ciertos lineamientos para avanzar hacia ese objetivo. Todo edificio de uso publico, colectivo o que preste un servicio a la comunidad debe cumplir estas exigencias. Los principales problemas para acceder a espacios tienen que ver con las medidas necesarias para circular en silla de ruedas. A continuación algunas de las consideraciones de nuestra ordenanza:

Las circulaciones deben cumplir con medidas más generosas. Un pasillo de medidas óptimas debe tener un ancho libre de al menos 1,5 m de ancho, permitiendo así el tránsito de una silla de ruedas y flujo peatonal simultáneo en el otro sentido.

 

 

Las rampas de acceso son una de las alternativas más comunes para entregar accesibilidad a lugares más altos a discapacitados o personas con movilidad reducida; como las de la tercera edad. Estas deben tener una pendiente de 8% (es decir, subir 8 cm en altura por casa 100 cm de largo), un ancho mínimo de 90 cm y un largo sin descansos máximo de 9 metros. (Si son más largas deben sumar descansos de 150 cm de largo por cada tramo).

Al menos el 1% de los estacionamientos deben ser destinados y reservados para discapacitados; con un mínimo de uno. Sus medidas deben ser 2,5 m por 5 m y tener un pasillo libre de al menos 1,1 m de ancho en alguno de sus costados  que puede ser compartido entre dos estacionamientos.

 

Los edificios de uso público deben tener al menos un baño accesible especialmente habilitado para discapacitados. Sus medidas y distribución son distintas a un baño no-accesible, ya que debe permitir el uso de la silla de ruedas y el espacio de transferencia entre la silla a el WC.

De la misma manera los artefactos y accesorios deben cumplir con medidas establecidas que ayudan a el uso cómodo del baño. El paso libre mínimo debe ser de 80 cm, el ancho de la silla, lo que implica que la puerta debe tener; al menos 90 cm de ancho. Nunca se deben utilizar puertas correderas.

Es de suma importancia cumplir con estas exigencias mínimas tanto en edificios como en espacios de uso público. Es importante señalar que estas son solamente algunas de las exigencia que se encuentran descritas en nuestra normativa.

Siendo el objetivo hacer de nuestra ciudad un lugar justo y aprovechable para todos debemos además respetar las normas, los estacionamientos exclusivos y cambiar el paradigma de como asistimos a las personas con movilidad reducida. Se debe dejar atrás la mentalidad paternalista, dejar de ver al discapacitado como alguien que necesita ayuda, y reemplazarla por una mentalidad de inclusión con las herramientas y facilidades estructurales que permitan que los discapacitados circulen de forma fluida y auto-suficiente. Si bien la ordenanza exige a solo algunos edificios debemos progresar hacia que todos los espacios y recintos sean universales.

Fuentes:

http://cdn.plataformaurbana.cl/wp-content/uploads/2017/02/si%CC%81ntesis-dibujada-y-comentada-resumen-normas-de-accesibilidad-oguc-2017.pdf

http://www.ciudadaccesible.cl/wp-content/uploads/2012/06/manual_accesibilidad_universal1.pdf

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